Empresas colombianas, recuerden que garantizar los derechos de sus empleados no es solo un deber legal, sino también una muestra de compromiso con su equipo humano. Aquí les recordamos las fechas clave y las sanciones asociadas al incumplimiento:
1. Pago de Intereses de Cesantías – Fecha Límite: 31 de enero
Los intereses de cesantías son una prestación social que busca compensar la pérdida de valor del dinero acumulado entre su causación y desembolso. Todo empleador debe realizar este pago máximo el 31 de enero, correspondiente al 12% anual o proporcional al tiempo trabajado.
Sanciones: El no cumplimiento implica una indemnización única al trabajador equivalente al valor de los intereses no pagados.
2. Consignación de Cesantías – Fecha Límite: 14 de febrero
Las cesantías son una prestación fundamental para proteger al trabajador en caso de desempleo o para necesidades de vivienda o educación. Este aporte debe ser consignado al fondo elegido por el empleado con base en el saldo acumulado al 31 de diciembre del año anterior.
Reglas Clave:
- Si no hubo variación salarial en los últimos tres meses, la base es el último salario mensual.
- Para salarios variables o con cambios, se promedia lo devengado en el último año o en el tiempo total trabajado si es menor a un año.
- El auxilio de transporte se incluye en la base de liquidación.
Sanciones: La mora en este pago genera una indemnización diaria equivalente a un día de salario por cada día de retraso.
Importancia de Cumplir
El cumplimiento oportuno no solo evita sanciones económicas, sino que también fomenta un ambiente laboral sano y fortalece la confianza entre empleadores y trabajadores. No espere hasta el último momento para garantizar el bienestar de su equipo y el cumplimiento de la ley.