En Colombia, el recálculo de la retención en la fuente es un proceso obligatorio y esencial para garantizar el cumplimiento fiscal de los trabajadores que optan por el Procedimiento 2. Este mecanismo, establecido en el artículo 386 del Estatuto Tributario, permite ajustar la retención de manera más precisa y equitativa según las variaciones en los ingresos de los empleados. Sin embargo, es fundamental que las empresas gestionen este proceso con exactitud para evitar errores y posibles sanciones.
¿Por qué es Importante el Procedimiento 2?
El Procedimiento 2 ajusta la retención considerando los ingresos laborales de los últimos 12 meses (diciembre 2023 a noviembre 2024), lo que conlleva a:
- Ajustar la retención de forma más precisa, considerando las variaciones en los ingresos del trabajador a lo largo del año.
- Evitar pagos excesivos o insuficientes de impuestos.
- Garantizar que los trabajadores contribuyan en proporción a sus ingresos reales.
- Cumplir con la normatividad tributaria vigente.
El trabajador es quien decide si requiere que le apliquen este procedimiento y debe informarlo a la empresa al inicio del año fiscal; la empresa debe realizar el recalculo del porcentaje a aplicar en la retención del trabajador, en el primer y segundo semestre del año.
Puntos Clave para el Recálculo de Retención del primer semestre del año.
Base de Cálculo: Incluir los pagos laborales realizados entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024.
1) UVT Vigente: Usar la UVT oficial de diciembre de 2024 según el Decreto 0099 de 2013 y el artículo 1.2.4.1.4 del DUT 1625 de 2016.
2) Topes de Exención:
- 25% de los ingresos laborales: No exceder las 790 UVT anuales.
- 40% del total de ingresos: Límite de 1.340 UVT anuales.
Fecha Límite y Consecuencias de No Cumplir
Es crucial realizar el recálculo en enero para aplicarlo durante el primer semestre del año. Los errores en este proceso pueden derivar en sanciones económicas para las empresas, además de generar desconfianza entre los empleados y problemas con la DIAN.
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